La Ley 2/2009 que regula la actividad de los Agentes Financieros establece la obligación de tener contratado un seguro de responsabilidad civil profesional. El RD 106/2011 establece que la cuantía mínima del mismo debe ser de 300.000 €.
El seguro que le ofrecemos en esta web es exclusivamente para personas o empresas que ejercen como Agentes Financieros, no para empresas que además concedan créditos o similares.